Bienvenido(a) a la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados - COSEDE 🔒
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El Seguro de Depósitos es un mecanismo de seguridad financiera gratuito para el ciudadano que tiene sus ahorros en entidades financieras autorizadas: bancos, cooperativas o mutualistas de ahorro y crédito que hayan sido declaradas en liquidación forzosa por los organismos de control.
El Fondo de Seguro de Depósitos forma parte de uno de los mecanismos de Seguridad Financiera establecidos en el país y su patrimonio se constituye a través de los aportes periódicos que realizan entidades del sector financiero privado y popular y solidario conforme la normativa vigente.
El Fondo de Seguros Privados forma parte de uno de los mecanismos gestionados por COSEDE, el cual es sostenido a través de los aportes periódicos que realizan las empresas aseguradoras, de conformidad con la normativa vigente.
Si deseas mayor información sobre los montos adeudados y otros relacionados a contribuciones, comunícate con uno de nuestros asesores al (02) 3960-340 ext. 2265, también a nuestro correo institucional contribuciones@cosede.gob.ec o su vez presiona el botón Entidades Contribuyentes.
Por favor seleccionar de los siguientes botones, el tipo de consulta que se adapta a su requerimiento.
⚫Bancos, Mutualistas y Cooperativas del segmento 1, deben contribuir hasta el 8vo día de cada mes.
⚫ Cooperativas del segmento 2 y 3 deben contribuir hasta el día 15 de cada mes.
⚫ Cooperativas del segmento 4 y 5 deben contribuir una sola vez al año, hasta el 30 de junio.
⚫ Compañías de Seguros Privados, deben contribuir hasta el día 15 de cada mes.
Nota: Recuerde que sus pagos son gestionados en días hábiles.
Para Bancos, Mutualistas y Cooperativas que pertenecen al segmento 1, el cálculo para su contribución deberá realizarse de manera mensual de conformidad de la siguiente operación Base de Cálculo x %Prima Total ((%Prima Fija anual + %Prima Ajustada por Riesgo)/12).
Base de cálculo es igual a saldo promedio diario de los depósitos registrados en las cuentas de (2101) Depósitos a la vista + (2103) Depósitos a plazo + (2104) Depósitos de garantía + (2105) Depósitos restringidos – (2101050) Depósitos por confirmar – (210330) Depósitos por confirmar.
Para Cooperativas que pertenecen a los segmentos 2 y 3, el cálculo para su contribución deberá realizarse de manera mensual, de conformidad de la siguiente operación Base de Cálculo x %Prima Total ((%Prima Fija anual + %Prima Ajustada por Riesgo)/12).
Base de cálculo es igual a los saldos reportados en el balance del mes anterior de las cuentas de (2101) Depósitos a la vista + (2103) Depósitos a plazo + (2104) Depósitos de garantía + (2105) Depósitos restringidos – (2101050) Depósitos por confirmar – (210330) Depósitos por confirmar.
Para Cooperativas que pertenecen a los segmentos 4 y 5, el cálculo para su contribución deberá realizarse de manera anual, de conformidad de la siguiente operación Base de Cálculo x %Prima Total (%Prima Fija anual + %Prima Ajustada por Riesgo)
Base de cálculo es igual a los saldos reportados el mes de diciembre del año inmediato anterior de las cuentas de (2101) Depósitos a la vista + (2103) Depósitos a plazo + (2104) Depósitos de garantía + (2105) Depósitos restringidos – (2101050) Depósitos por confirmar – (210330) Depósitos por confirmar.
Para Compañias de Seguros, el cálculo de la contribución deberá realizarse de manera mensual en base a la siguiente operación:
Primas netas de seguros directos x % Contribución fija y variable. Primas netas de seguros directos = Resultado de restar del saldo de
Primas Emitidas (cuenta 51), el saldo correspondiente a Liquidaciones y Rescates (cuenta 45) y el saldo de Primas de Coaseguros Cedidos (cuenta 4403).
A este resultado se lo deberá multiplicar por el respectivo porcentaje de contribución mensual ((Contribución Básica + Contribución Ajustada por Riesgo) / 12).
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